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UNA JUEZA DE COMODORO ORDENÓ A LOS PADRES VACUNAR A UNA RECIÉN NACIDA

22 enero, 2018
Nieto

Se negaban a vacunarla por una creencia familiar. La magistrada interviniente hizo cumplir la ley.

Un caso sin precedentes se registró en Comodoro Rivadavia la semana pasada y tuvo como protagonista a la Jueza de Familia, Dra. Maria Marta Nieto.

El viernes 12 de enero, desde una clínica privada de la ciudad petrolera se comunicaron con la Asesora de Familia para indicar que había surgido un problema con dos padres que se negaban a vacunar a su beba.
El hecho fue notificado al Juzgado de Familia Número 1 e inmediatamente la Jueza Nieto se hizo presente en el sanatorio para dialogar con la pareja y el médico. Allí se constató que los padres querían vacuna a la pequeña luego de los seis meses pues consideraban que su hija estaba sana y que la lactancia materna sería su principal defensa y argumentando que, en su momento, el pediatra de cabecera los autorizó a no vacunarla.
La magistrada retornó a su oficina y el sábado dictó el fallo donde decidió ordenar la vacunación en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 22.909 y considerando que era un requisito fundamental para prevenir enfermedades y emitir el certificado de nacimiento y DNI.
En el fallo, Nieto citó argumentos de fallos anteriores y de la Sociedad Argentina de Pediatría que señalan que está comprobado que la vacunación es necesaria y el no llevarla adelante significa un riesgo para la persona no vacunada y al mismo tiempo, constituye un derecho y una obligación para prevenir enfermedades.
“Los intereses de los niños deben ser respetados por ser el norte de cualquier decisión judicial” sostuvo la Dra. Nieto y recordó que la doctrina es taxativa cuando expresa: “la voluntad o deseo de los progenitores o sus sustitutos debe ceder ante lo que resulta más conveniente para el niño o el adolescente”.
La sentencia ordenó al sanatorio aplicar las vacunas BCG y anti Hepatitis B, además de la vitamina K a la menor. Los padres fueron notificados y aceptaron la medida judicial.