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PROPONEN QUE EN EL NUEVO CÓDIGO PENAL DEJE DE SER DELITO LA TENENCIA DE DROGAS PARA CONSUMO PERSONAL

22 enero, 2018

Mariano Borinsky, Juez de Casación Penal.

El proyecto de reforma del Código Penal avanza hacia una despenalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal dentro del ámbito privado. Así lo estipula un borrador que fue presentado por una comisión de expertos que se encargó de redactar el anteproyecto. El mismo, en caso de recibir luz verde del Gobierno, podría ser presentado por el presidente Mauricio Macri el 1° de marzo en el Congreso, en la apertura de sesiones ordinarias. Dice que la tenencia de estupefacientes “no será punible si se tratare de sustancias de escaso poder psicoactivo y la tenencia no hubiere trascendido el ámbito de la privacidad”.

MARCO LEGAL

“Lo que buscamos es establecer un marco legal, a grandes rasgos. Esto mismo ya lo dijo la Corte Suprema de Justicia en el fallo Arriola, ahora lo decimos en una ley.

Es un paso más, que de la jurisprudencia pase a una norma”, explicó el juez de Casación Penal, Mariano Borinsky, que preside la comisión a cargo del tema. “Hay que entender que esto se da en un contexto, que es el de aumentar las penas para el narcotráfico”, añade el magistrado.

Si bien la norma no especifica a qué droga se refiere con “escaso poder psicoactivo”, se presume que se trataría de la marihuana, ya que es la droga por la que Arriola fue a juicio. “El espíritu de ese fallo, y mismo lo que buscamos para este código es respetar que el ámbito privado está exento de la autoridad de los magistrados. Esto es un espejo de lo que dice el artículo 19 de la Constitución Nacional”, añade Borinsky. Dicho artículo dice que “las acciones privadas de los hombres que no ofendan al orden y la moral pública ni perjudiquen a un tercero están solo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados”.

CULTIVO ILEGAL

El proyecto, aunque despenalizaría la tenencia para consumo personal, mantiene la ilegalidad del cultivo, aunque sea personal. “Cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias surja que ella está destinada a obtener estupefacientes para consumo personal, la pena será de 1 mes a 2 años de prisión”, dice el borrador. “En el caso del cultivo se están excediendo uno de los dos presupuestos. El cultivo tiene la potencialidad o el peligro potencial para que otros puedan llegar a consumir”, explica el magistrado.

“La comisión está trabajando para avanzar en una despenalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal. Pero lo hace estableciendo ciertas limitaciones, como acotarlo al ámbito privado”, explica el abogado Nicolás Ramírez, profesor de derecho penal de la carrera de grado y posgrado de la Universidad Austral.

«Es importante atender a la visión global de la norma. Estamos hablando de escaso poder psicoactivo, pero en la misma norma en la que se apunta a responsabilizar y aumentar las penas para el narcotráfico, las organizaciones internacionales en un contexto de criminalizar a las grandes organizaciones», remarca Borinsky.